PODCAST. Participación de @amparandoSalud en @abogadosradio Retiro Voluntario del Estado

leyes del autismo

Retiro Voluntario del Estado.

En una nueva columna de Amparando Salud hablamos sobre el decreto que pone las pautas al retiro voluntario de los empleados de la administración pública que están cerca de la jubilación. El problema es que aparecieron denuncias sobre personas que quieren hacerlo pero indican que no les derivarían más los aportes a la Obra Social elegida.

El articulo 9 del Decreto 263/18 determina la continuidad de la obra social que tiene el trabajador del Estado al momento de adherir al beneficio del retiro voluntario.

ARTÍCULO 9°.- Los agentes que adhieran a alguno de los planes de Retiro Voluntario que se aprueban por el presente decreto, continuarán gozando de la cobertura médica asistencial de obra social durante el plazo de percepción de las cuotas o hasta la obtención del beneficio previsional, lo que ocurra primero, según lo determine la reglamentación.

La novedad la introduce la reglamentación del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN en su Resolución 213/2018,  que confiere el derecho a percibir los aportes pertenecientes al trabajador a una sola obra social, la de Unión Personal, perteneciente al gremio estatal UPCN.

ARTÍCULO 17.- Aclárase que la cobertura médica asistencial de obra social a la que se refiere el artículo 9° del Decreto N° 263/18 es la brindada por la Obra Social Unión Personal (UP).

CUESTIONES DE DERECHO A LA SALUD

Como venimos predicando desde esta página de Amparando Salud, el trabajador/a tiene el derecho al momento de pedir su beneficio jubilatorio y el mismo ser otorgado, permanecer en su obra social sindical o el plan corporativo o de empresa que le fuera otorgado o elegido.

En esta apertura de retiros, se está violando este derecho, pues se le impone una obra social que no tiene o no quiere si es que el trabajador/a eligio otra cobertura de salud.

Supongamos que el trabajador más allá de esta violación a su derecho, toma el retiro voluntario, al llegar la jubilación Union Personal va respetar el derecho a quedarse como afiliado Jubilado? Hoy no lo respeta y se tiene que judicializar el derecho a opción. Aquí un ejemplo.

Si el trabajador/a quiere quedarse con su obra social o prepaga por derivación de aportes, diferente a la ofrecida por el Estado, se va negar entrar al retiro voluntario del estado?.

Las consultas y reclamos van a ir develando las intrigas, pero una cosa es segura el Derecho a su Salud es primordial, y desde Amparando Salud, sabemos como cuidarlo.

Amparando Salud

Sabemos cómo Ayudarte.

retiro voluntario del estado

 

 

 

Comparte este artículo en tus redes sociales

Facebook
Twitter
LinkedIn

9 comentarios en «PODCAST. Participación de @amparandoSalud en @abogadosradio Retiro Voluntario del Estado»

  1. Visto la imposición de una sola obra social para el personal del Estado que se retira voluntariamente (Decreto 263/18) donde y como debo reclamar para permanecer en la que tengo como empleado público?

    Responder
  2. Hola, dado que ahora salió una ampliación del período que sí reconoce la posibilidad de quedarse con la obra social existente, quienes nos acogimos en la primera apertura y aún no firmamos, podemos hacer algo para que nos asista el mismo derecho?

    Responder
  3. Considerando que en la extensión del retiro voluntario de la Administración Pública Nacional hasta el mes de noviembre de 2018 le dan opción de elegir Obra Social…. y que quienes adherimos antes la retiro voluntario de iguales condiciones y alcance nos derivan los fondos a UP Obra Social sin opción de elección de Obra Social …. sugiero que a través de esta consulta nos sumemos todos los interesado en realizar una acción conjunta para revertir esta inequidad que además es contraria a las normativas que dan derecho al trabajador de elegir obra social…. Un retiro voluntario no debería cancelar el derechos del trabajador de elegir obra social.

    Responder
    • Carlos
      hay que analizar varias cosas
      Si el convenio está homologado por el ministerio, cuales son sus cláusulas, si tuvieron abogado, quien lo pago?
      Lo que se debería atacar es la resolución del retiro voluntario pues restringe derechos de salud de los trabajadores. Es un tema muy amplio…saludos

      Responder
  4. Hola, el tema está bastante precisado: hay un Decreto (263/18) con el artículo 9 ya citado, una resolución (2013/18 del Ministerio de Modernización) que precisa de modo restrictivo cual será la obra social y luego una resolución (1/2018 de la Secret. de Modernización) que amplía plazos bajo el mismo Decreto pero que modifica la restricción en cuanto a la OS citando el mismo artículo 9: “Aclárase que de conformidad con lo previsto por el artículo 9° del Decreto N° 263/18, el personal que adhiera a uno de los planes de Retiro Voluntario previstos en el citado Decreto en el marco de la extensión del plazo dispuesta por el artículo 1° de la presente medida, puede optar por mantener la cobertura médica asistencial que presta la obra social a la que actualmente se encuentre afiliado, sí a requerimiento de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS el código de la respectiva obra social es habilitado en el aplicativo de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP)…”. Además sabemos que se continuarán haciendo aportes, proporcionales al sueldo en actividad, con la diferencia que se enviarán ahora a UP. Por otro lado las condiciones de UP son más restrictivas puesto que sólo se dará cobertura al titular y dependientes. Es decir la prestación es más restringida, viola el derecho a opción generando un potencial conflicto pero la erogación para el estado es la misma. Es discriminatorio y oscuro el motivo de esta asignación obligatoria. Incluso en mi caso aún no he firmado por lo que firmaría en el Seclo cuando está ya vigente la opción de mantener la obra social.

    Responder
  5. Hola Yo soy discapacitada, tengo 55 años y 34 de aporte, trabajé primero en nación y después pasó al gobierno de la ciudad. Me hubiera venido bien el retiro voluntario, pero cuando fui a averiguar me sacan mi obra social donde tengo mi historia clínica. No sé que hacer

    Responder
  6. Hola yo me acogí al retiro voluntario según norma de la res 213/2018. Con la ANSES. El retiro se instrumentó por un 241 en el Seclo. Ahora bien yo tengo osde y ellos no me hacen los aportes, porque dicen que sólo puedo derivarlos a UP. Por razones de preexistencia y una cirugia en espera no puedo cambiarrme, y quiero hacer el amparo. Osde dice que ya se ganaron varios.
    me gustaría saber si ya hicieron alguno y que resultado obtuvieron. Gracias

    Responder

Deja un comentario

Escribe tu e-mail principal aquí para mantenerte informado de las novedades

Nombre

Email