¿Qué sucede con tu Obra Social cuando te jubiles?

¿Qué sucede con tu Obra Social cuando te jubiles?

Uno de los momentos más esperados por los trabajadores activos es la llegada de la jubilación. Este anhelo también evoca muchos interrogantes, sobretodo porque no hay suficiente información ni claridad al respecto.

Lo que dice la ley acerca de mantener tu obra social al jubilarte

El derecho argentino ,desde la época del ´70, con la Ley 19032 estipula la posibilidad de que cualquier trabajador/a tenga la opción de quedarse en su obra social/prepaga al llegar la jubilación. Al quedarte en tu servicio de salud, continuás con los beneficios del IVA de los aportes para pagar menos de Prepaga y continuar como afiliado a una obra social.

Incluso si pertenecés a ObSBA, tampoco aplica la restricción de tener mínimo 15 años de aportes para continuar allí. (Ver más AQUÍ)

Este beneficio de elección de tu obra social, no tiene condicionamiento alguno, ni obliga el paso automático a PAMI como hacen creer las obras sociales, el ANSES y la Superintendencia.

El estado y sus normas, protegen el derecho del ex-trabajador de tener un servicio de salud digna y de su preferencia en la vejez.

Nuestra misión es que conozcas tus derechos y los mecanismos para restablecerlos cuando han sido vulnerados.

Respuestas a algunas preguntas que te hacés.

¿Tengo que afiliarme a PAMI cuando salga mi beneficio jubilatorio? Leer AQUÍ.

¿Dónde van mis aportes? ¿Puedo continuar con mi prepaga derivando aportes?¿Qué pasa con el cobro del IVA? Leer AQUÍ

¿Es cierto que NO me puedo quedar en mi obra social al jubilarme como dicen la Obra Social, la prepaga y la Superintendencia de Salud? Lee AQUÍ y AQUÍ.

¿Puedo mantener mi obra social si soy monotributista? Leer AQUÍ

¿Es cierto que no puedo continuar en el convenio ObSBA OSDE? Ver AQUÍ y AQUÍ

¿Es cierto que cuando me jubile no puedo continuar en OSEDA/ GALENO? Leer AQUÍ

Tengo una discapacidad ¿es cierto que la obra social puede negarme la afiliación? Leer AQUI

¿Qué puedo hacer si necesito medicamentos o tratamientos no incluidos en el PMO? Leer AQUÍ

¿Qué podemos hacer por vos?

El equipo de Amparando Salud viene haciendo una fuerte campaña de difusión de tus derechos con la publicación de contenido en este portal y con la gestión de la defensa de nuestros clientes.

Somos conscientes que aún persiste la desinformación respecto de las leyes y normas que protegen el derecho a la salud de los jubilados. Situación en la cual participan incluso entidades del Estado, perjudicando al trabajador y a su familia.

El mecanismo que ha demostrado ser eficiente en el restablecimiento de tus derechos como jubilado o trabajador a punto de recibir el beneficio es el amparo de salud. Mecanismo judicial rápido, confiable y con buenos resultados.

Si tenés alguna novedad con tu obra social al jubilarte, consultá ya desde el formulario de contacto que se encuentra aquí debajo. Tu salud es primero.

En Amparando Salud, sabemos cómo ayudarte.

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15 comentarios en «¿Qué sucede con tu Obra Social cuando te jubiles?»

  1. Siempre trabaje bajo relacion de dependenia Siendo mi obra social de comercio OSECAC
    Cuando asisto con orden de Anses por ser pensionada discapacitada vitalicia adulto mayor PUAM
    Deñiegan dicha obra social OSECAC
    Cuando me fue informado que proseguiria con dicha obra social. Me hallo en
    ” Total Disconformidad”
    No, me agrada manoseen, a las personas.
    Despues de trabajar toda la vida con aportes a dicha Obra Social. Considero burla y manoseo. Como si uno fuera un descaete. Vergonzoso!!
    Motivo que tuve que optar por Pami
    La cual puedo tener a prueba por un ano y de no querer proseguir cambiarla
    Por el momento todo bien. Pero deseo tener Obra Soial de comercio. OSECAC

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    • Hola me descuentan 1000 por PAMI soy jubilado y sigo con Galeno por mi esposa que tiene la obra social corporativa, quiero que mis aportes pasen a Galeno desde donde realizó el trámite, fui averigüar a Galeno y nos dicen que la antigüedad no vale nos piden pagar 28000 por un plan económico como se exigen nuestros derechos?

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  2. Buenos dias.
    Mi consulta es la siguiente:

    Soy empleada en relación de dependencia a punto de jubilarme (ya estan iniciados los trámites) y soy empleada de comercio en convenio.Muchos años pertenecí a Osecac, mi recibo posee todos los ítems de comercio pero desde hace tiempo largo derivo mis aportes a Ospadep a fin de desregular hacia Swiss Medicals.El tema es que me comentaron que por ser Osecac(Comercio) mi ” Obra Social de base” puedo jubilarme y tener esa Obra Social.
    Es eso asi?
    Por otra parte, Ospadep(aeronavegantes privados) Afirma que no reciben jubilados, que afiliado que se jubila lo dan de baja. Aporto hace 18 años. Es legal que me den de baja o deben recibirme.?
    Desde ya gracias por su respuesta.

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    • Hola Alicia.
      Ospadep(aeronavegantes privados) es tu obra social, por la cual podes hacer la opción para quedarte y mantener tu plan corporativo con Swiss Medical.
      Te respondemos tambien por privado.
      saludos

      Responder
  3. Acabo de jubilame y mo obra social desconoce mi aporte de 11 años en relacion de dependencia del 6% exigido oportunamente.
    He reclamaddo a Ob.SBA y me denegaron la continuacion en la institucion.
    Quisiera saber como puedo proceder para contimuar en ella.

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  4. Buenas noches! tengo como obra social OSPADEP, consulte en SWISS MEDICAL y me dicen que como jubilada no puedo derivar aportes, que tengo que hacer

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  5. Buenos días! Consulto porque estoy en condiciones de jubilarme, aunque aún no inicié los trámites.
    Trabajo para Galeno desde hace muchos años, y la empresa me afilió a Osedeiv – Galeno, aunque la obra social que me correspondería es OSPSA (obra social del personal de la sanidad) y no Osedeiv (obra social para el personal de dirección de la industria vitivinícola y afines).
    Ospsa me dice que para recibirme cuando me jubile, debo haber aportado, al menos, los últimos 5 años trabajados (aunque en la SSSalud me dijeron que con 2 años era suficiente).
    En Galeno me dijeron que tienen un plan para jubilados que trabajaron en la empresa, ( que es mi caso), por el cual me cobran una cuota un poco más baja que la que cobran normalmente como prepaga.
    Mis dudas son:
    – puedo pasarme a OSPSA, sin haber aportado, ya que es la que corresponde a mi gremio?
    – puedo mantener la prepaga Galeno que estuve teniendo, una vez jubilada, en las mismas condiciones que la tenía (o sea sin pagar nada más que lo que se descuenta para una obra social sindical?
    Espero sepan disculpar lo extenso de la consulta y desde ya muchas gracias.

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  6. Hola ! me falta poco para jubilarme, tengo como Obra Social OSPUAYE, y su pre paga: Swiss Medical, desde el año 2000, y me dicen que no puedo seguir teniendola. En la actualidad, con un marido jubilado, unificamos los aportes de PAMI y los míos, pero me preocupa que no nos acepten la continuidad, porque él es diabético insulino dependiente y ninguna otra OS nos querrá aceptar.
    Gracias !!!

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  7. Se me ha otorgado el beneficio jubilatorio a partir de diciembre de 2018.
    Hace 30 años que cuento con la cobertura de Swiss medical y , derivando mientras trabajaba ( hasta junio 2018) , a la Obra Social ASE (Nro ante en INOS 400909)
    Debo mantener la cobertura de Swissmedical ( cosa que ya ha tratado) pues tengo una insuficiencia renal terminal por lo que otra cobertura, dada la preexistencia, no me tomaría.
    Para que el costo de la cobertura de Swiss medical sea menor desearia que mis aportes se derivaran a esta y no a PAMi, cobertura que no utilizaría.
    Se podrá presentar una cautelar y solicitar la no innovación?. Que deberia hacer?

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  8. Hola, este año cumplo los 65 años, pero la empresa para la que trabajo me ha ofrecido desvincularme abonandome la indemnización que me corresponde por Ley. Tengo como prepaga a Swiss Medical (desde hace 3 años) y querría saber si puedo mantener la misma hasta que me jubile y luego mantenerla, abonando lo que corresponda. De cuanto sería aproximadamente ese pago que debería realizar.

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