Los fallos de la semana: obra social acepta jubilados. Se quedaron en su obra social al llegar la jubilación
¡Le dieron de baja al marido por que se jubiló!
La Obra Social Osde se enteró que uno de los cónyuges le llegó la jubilación y le dio de baja del plan familiar.
Agravado el tema por que nuestro cliente tiene un tratamiento de salud que no puede abandonar.
Intervenimos con Amparando Salud y obtuvimos en principio una medida cautelar y ahora una sentencia. Y así la obra social acepta jubilados
Importante:
Todo el grupo familiar tiene el derecho de quedarse en su obra social al llegar la jubilación.
No se deje llevar por malos consejos, asesórese por los que saben.
¨JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL 117042/2016 P., L. A. Y OTRO c/ OSDE s/ AMPARO DE SALUD… con la creación del I.N.S.S.J.P. no se produjo un pase automático de beneficiarios de las obras sociales a las que pertenecían, al ente creado mediante la última de las normas aludidas precedentemente; por el contrario, esa transferencia resultaría posible sólo en virtud de la opción que voluntariamente realizaran quienes estuvieren interesados en ello, pues en caso contrario, mantendrían su afiliación a la obra social originaria…¨
¨…Al respecto no puede soslayarse que, conforme lo ha entendido el Superior en casos análogos, el art. 9 de la ley 23.660 establece que quedan incluidos en calidad de beneficiarios los grupos familiares primarios del afiliado titular, entre los que incluye al cónyuge (inc. a) y no encontrándose desconocida la afiliación del titular ni el vínculo entre el titular y su esposo, no puede desconocerse el derecho a la afiliación a la misma obra social…¨
Se quedaron con su Plan Superador otorgado por Accord Salud
¡Misma cobertura de salud como trabajador que como jubilado!
Obra social acepta jubilados
Este matrimonio llegó a la edad para pedir su jubilación y nos consultaron si podían mantener su plan de medicina prepaga por derivación de aportes.
Hicimos el reclamo judicial para mantener el plan de salud, dándonos la justicia la razón.
¨…corresponde considerar que el citado Plan Accord Salud 0202, podría prima facie ser un plan de salud complementario, superador del Programa Médico Obligatorio que las Obras Sociales deben satisfacer de manera obligatoria a sus afiliados. En este orden, debe considerarse que de acuerdo con lo establecido en el art. 16 del Decreto 576/93, Anexo I, y Resolución de la SSS n° 195/98, las Obras Sociales pueden brindar a los afiliados planes complementarios, para lo cual están habilitadas a recibir aportes y contribuciones adicionales, que será determinado de manera individual o colectiva entre los trabajadores y empleadores, con el agente de seguro de salud. En tales condiciones, corresponde admitir el mantenimiento de la afiliación de la actora y su grupo familiar primario en el Plan Accord Salud 0202
JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL 8 REGISTRO N°6115/2017 T., T. L. Y OTRO c/ OBRA SOCIAL DE LA UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN s/ AMPARO DE SALUD…¨
En la obra social le dijeron que no podía quedarse en su Obra Social
Con Amparando Salud le abrimos la puerta nuevamente.
Obra social acepta jubilados
Trabajo toda la vida manteniendo la cobertura de Unión Personal, lo menos que esperaba era que al jubilarse la dejaran seguir, dado que por ley le corresponde.
Le dijeron que NO y además le negaron el derecho.
El equipo de Amparando Salud se puso a trabajar y el resultado fue positivo.
Sigue gozando de su servicio de salud como lo hacía en actividad.
¨CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa N° 7561/2017/CA1 “R.M.C. c/ Obra Social de la Unión del Personal Civil de la Nación s/ Amparo de Salud” Juzgado 4, Secretaría 8…Se hizo lugar a la acción de amparo interpuesta y condenó a la Obra Social de la Unión del Personal Civil de la Nación a brindar la cobertura bajo el Plan 0210 a la señora R.M.C. cuyos aportes los estableció de conformidad con los arts. 16 de la ley 19.032y 20 de la ley 23.660, sin perjuicio de que si dicho plan fuera complementario se adecuen a los términos del Decreto 576/93…¨
Seguimos trabajando para defender sus derechos
Sabemos cómo Ayudarlo
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14 comentarios en «Los fallos de la semana: obra social acepta jubilados. Se quedaron en su obra social al llegar la jubilación»
Tengo 65 años, los años de aporte como para jubilarme (autónomo), soy monotributista sin obra social y aporto en OBSBA
desde hace once años (dejé de hacerlo como autónomo); quería saber si en caso de jubilarme ahora puedo seguir con mi obra social.
Dicen que se requiere un mínimo de 15 años de aporte. Gracias
Hola!
si actualmente estas aportando a Obsba, al jubilarte te podes quedar. El tope de los años esta dado de baja por la justicia. hay que hacer el reclamo.
Abrazo
Acá mas info
https://martinsabadini.com.arafiliacion-obsba-jubilados/
gracias por la respuesta, dado que ahora se paga un porcentaje de lo que se percibe ¿saben cuál o cómo se determina el monto a pagar?
Hola
los montos están estipulados por ley. Lo que pagas por el plan de Osde dependerá del valor del mismo en el mercado.
saludos
Buenas tardes, si bien me faltan algunos meses para jubilarme, quería saber en qué momento hay q iniciar el el reclamo a fin de permanecer en la Obra Social, en el caso q fuese procedente.Soy monotributista con un año de antigüedad en el aporte a la Obra Social OSPICAL, dónde ya me dijeron que NO ACEPTAN jubilados.GRACIAS
Hola!
si podes hacer el reclamo por la poca información que nos das.
tendriamos que ver bien la afiliacion y determinar si se puede.
Saludos
Buenas noches. Soy afiliada a Osmecon.Salud. desde 2001, en un plan en q. Solo pagaba la consulta médica.(en 2016 sin previo aviso,pasaron a cobrarme copagos por todo) reclamé en SSSalud,dervirtuaron denuncia.Fui a defensa del consumidor,no concurrieron a tres audiencias
Se que.estan violando la ley 26682 artículos.16. pero no encuentro solución…
Hola!
gracias por la consulta
Que dice la superintendencia de salud cuando rechaza el reclamo?
saludos
Hola, estoy por cobrar mi primer haber jubilatorio y como me corresponde PAMI la obra social de mi esposo que trabaja en AySA, Obras Sanitarias, no me aceptan mas y tambien me quedo sin la prepaga corporativa Galeno. Ustedes me pueden dar alguna solucion? gracias.
Estimados, buenos días:
Trabajo en una dependencia del estado nacional la cual se encuentra “cerrada administrativamente”, estando en plena ejecución de las tareas de clasificación de los bienes para ser rematados o declarados en rezago.
Al personal le están gestionando el pase a otra dependencia municipal, provincial o nacional de la zona, aclarando que en todos los casos el compromiso del estado es hasta que el agente cumpla 60 años, edad a la que puede acceder a una jubilación anticipada……considerando que todos tenemos mas de 30 de servicio…..situación que podría ser diferente, en el caso de que la dependencia de destino, decida pasar a la la planta y hacerse cargo de los haberes del empleado.
Mi situación personal es que estoy en condiciones ya de jubilarme, por haber desarrollado tareas insalubres que ya están reconocidas ante el ANSES…..
Cuando consulto en OSPE la posibilidad de continuar como afiliado, en caso de jubilarme, estos me manifiestan que esa obra social es para activos, no estando contemplados jubilados,. Un agente que se jubilo se negaron a recibirle administrativamente la solicitud de continuidad ………
Si uno ingresa al padrón del ANSES de las obras sociales, esta no figura en el listado de las prestadoras….
Espero orientación sobre el tema o hay que realizar una carta documento..
Saludos
Jose
Hola
gracias por la consulta
Podes mantener la cobertura, la única forma es por un reclamo judicial.
El reclamo se hace al momento de iniciar el trámite jubilatorio.
saludos
Hola! voy a iniciar la jubilación por invalidez, soy docente, tengo dosuba que me dijeron que acepta jubilados, ¿cómo tengo que pedir quedarme en dosuba? es automático cuando me salga la jubilación? gracias
Hola
gracias por el contacto.
Dosuba tiene un régimen especial, no tendrias que tener problemas al jubilarte.
saludos
Estimados: soy jubilado y cuando me jubile opte por mi prepaga de toda la vida (42 años de antigüedad en la misma prepaga) mi consulta es si puedo conservar la prepaga Femedica y a su vez utilizar los servicios del PAMI como por ejemplo, las prestaciones sociales del Pami? Gracias!