Principios básicos de un Amparo de Salud

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Primeros pasos

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28 comentarios en «Principios básicos de un Amparo de Salud»

  1. Hola, antes de enviar la carta documento ya tenes que habla de los honorarios con tu cliente y tener estas pautas bien determinadas. Dividir el trabajo por si pasa tal o cual cosa. Muchas veces puede pasar que con la carta se soluciona, por lo cual ya tenes que tener un honorario pensado.
    Los montos van a depender de lo que hablaste con tu cliente.
    saludos

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  2. Doctor que tipo de acción planteo. Una persona hizo opción de cambio de obra social, le dieron los carnets y posteriormente lo dieron de baja. Pero resulta que nunca fue afiliado porque el traspaso nunca se materializó y quedaron pendientes los gastos de cesárea de su conviviente. La otra obra social (a la cual sí estaba afiliado) le negó la cobertura argumentando que la conviviente no era afiliada (aclaro aquí que él nunca dio de alta está obra social, pero los aportes sí se realizaron a esta obra social). O sea si bien él si era afiliado, ella no ostentaba esa calidad por no haber hecho el trámite del alta. Qué se puede hacer y contra quien dirijo la acción.

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    • Hola!
      Vamos con dos conceptos fundamentales. Si no te afilias no hay cobertura. No se puede solucionar un error como este. Cuando hay cambios de obra social, la que se deja debe cubrir por tres meses, hasta que ingresen los aportes en la nueva.
      Para mi no tenes acción alguna, salvo que entienda mal la consulta.
      Abrazo

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  3. Hola dr , dos preguntas.La primera que hago si la obra social o prepaga no cumple con lo que el juez ordenó en el amparo? Y otra pregunta cuanto tiempo tienen las obras sociales para efectuar un reintegro antes de que intime ? Saludos

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    • Hola Hugo
      vos litigás en el juzgados federales de tu Pcia. no sé cómo es la regulación allí, pero no pueden dejar de regular por cautelar y fondo, sobre por lo menos los mínimos de ley. Abrazo

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  4. Hola Ale!
    Es un tema muy complicado en estos tiempos la falta de cumplimiento de las medidas cautelares o las sentencias. Hay que insistir con las penalidades, las causas penales, la intimación al titular de la obra social para identificar al incumplidor. No queda otra. La obra social ya está incumpliendo pasados los 15 días de realizados los pedidos es tiempo más que suficiente.
    Saludos

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  5. Buenas tardes Doctor. Tengo un cliente que se afilio a una prepaga, informo de la preexistencia de sindactilia de su hijo, lo afiliaron y comenzaron con los tramites del pre quirúrgico para realizar la intervención. Esta prepaga, que siempre utiliza el mismo “modus operandi” autorizo la intervención con códigos de autorización incorrectos y luego adujo que el afiliado omitió en la DDJJ que no informo de la condición de su hijo, expulsando a todo el grupo familiar de la prepaga. En este caso, queremos solicitar la pronta afiliación a la prepaga y se autorice la intervención quirúrgica del niño. Como lograr el convencimiento del juez de que el afiliado obro de buena fe informando la condición de su hijo, cuando fue el empleado de la prepaga quien le hizo firmar una DDJJ en blanco y toda la comunicación/gestión fue realizada vía whatsapp. Gracias

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    • Hola, es todo cuestión de prueba. Tenes que probar lo que contas. Si tenes los datos del vendedor intímalo también a él por el error cometido y los daños que causo.
      SAludos

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      • Hola dr, afiliado con cud, aduce que x la ley de discapacidad puede atenderse con el medico que quiera y la obra social debe aceptar las ordenes. (Plan cerrado) Tengo entendido que no es para todo( consultas, medicamentos no entraria) sino terapias especificas. Y también le cobran copago por kinesio a domicilio (diag de cud hipoacusia) corresponde xq no se relaciona con el diag?
        Muchas gracias

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        • Hola Cynthia
          El tema de las coberturas con CUD como regla general es la cobertura de las prestaciones que tiene que ver con la discapacidad y afecciones colaterales.
          Los rechazos de algunas prestaciones pueden ser reclamadas en la super de salud, evaluando cuales proceden y cuales no.
          El tema de los co pagos puede ser también por la forma de la contratación de la cobertura, lo tenes que chequear. Saludos

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  6. Buenos días, quería saber como se fundamenta sin padecer patología cronica la continuidad de la obra social o prepaga al jubilarse y cual es el plazo máximo para hacerlo

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    • ¡Hola, como va! La fundamentación no está en las enfermedades, sale de la ley de creación del Pami y de la jurisprudencia. tenes que leer este fallo completo algunos más sobre el tema. “…La creación del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados no importó un pase automático de los pasivos a ese organismo, pues el art. 16 de la ley 19.032 (Adla, XXXI-B, 1242) conservó la afiliación obligatoria a la obra social correspondiente al servicio prestado en actividad y los derechos y deberes derivados de esa relación, a menos que aquellos optaran por recibir la atención del instituto…” (Corte Suprema de Justicia de la Nación, Guillermo R. Albónico y otro c. Instituto Obra Social, 08/05/2001).-
      Abrazo y a disposición
      Martin Sabadini

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  7. buenas tardes Dr. necesito una ayuda personal, mi obra social me nego la autorizacion para una cirugia de by pass gastrico, tendras algun modelo de amparo sobre ese tema que me facilites a fin de tomarlo como guia? en los modelos que dejas en la pagina no hay ninguno por favor, desde ya muy agradecida, quiero comenzar practicando con esta causa propia, gracias, saludos

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  8. Buenas tardes Dr!! Quisiera saber como se maneja el intercambio epistolar para continuar con la os o prepago prestado en actividad, hasta llegar a la instancia judicial.-MUCHA GRACIAS

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  9. Hola estimados tendría un modelo de escrito ( para tomarlo como modelo guía ) para interponer medida cautelar innovativa (internación domiciliaria geriátrica) tb es personal, por la vía incidental, ya no lo encontré en los modelos en la plataforma. Desde ya muchas gracias!

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  10. buenas tardes Doctor:
    tengo una consulta, amparo resuleto favorable en primera instancia y en camara favorable parcialmente, por medicacion para AME tipo IIIa ( favorable en 1° instancia negativa en camara federal de Salta) y Silla de autopropulsion (1°instancia y 2° favorable) con fecha 22 de septiembre, tenian para el cumplimiento 48 horas, pero hasta la fecha no han dado cumplimiento.
    Pedi astreintes y se estan ejecutando ya se trabo embargo. La obra social aduce y acompaño una factura y un nota de la ortopedia que tenia probable fecha de ingreso al pais para el 03 de marzo de 2022 pero ya paso la fecha y tampoco cumplieron. Ya denuncie incumplimiento, pedi amplie monto embargado pero la realidad es que es necesaria la entrega de la silla. En el curso vi que la denuncia en sede penal no propspera lo suficiente, que mas puedo hacer? Pedir daño punitivo en el marco de la Ley de defensa al consumidor? o inicio daños y perjuicios por otro lado?

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    • Hola Paola!
      Intentaría notificar la cautelar y su ratificación al titular de la obra social, con el fin de poder hacer valer la causa penal. Si lo tenes notificado personalmente podes ir adelante con la denuncia de incumplimiento.
      Abrazo

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  11. Buenos días, por la presente quisiera consultar sobre un caso de salud que tengo, los hechos son los siguientes:
    1- Mi cliente es despedido del trabajo por lo cual tiene el periodo de cobertura de la mutual (Jerarquicos Salud) que se le vence en mayo de éste año.
    2- No tiene el poder adquisitivo para continuar con la mutual.
    3- Tiene una hija menor de edad con diabetes, la cual transita un tratamiento, quien esta adherida a la mutual del padre (cliente).
    4- Mi consulta es, se puede solicitar que la menor, atento su estado de salud, quien se encuentra transitando un tratamiento, prosiga con la cobertura medico asistencial en la mutual? aportando ella sola como titular y no como adherente a su padre?
    5- Que otra solución al presente caso me brinda?

    A la espera de su respuesta, les saludo atte.

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  12. Buenas tardes Doctor, sigo con la duda respecto a la unificación de aportes. Inicié un amparo para que la cónyuge adherente al grupo familiar del marido pueda continuar con la obra social. La obra social me contesta que si bien no acepta jubilados, si la puede recibir si realiza el trámite de unificación de aportes con el marido ante la superintendencia. Si realiza eso, la deja en las mismas condiciones en las que estaba? O le puede traer algún perjuicio?

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    • Hola, intenta el proceso de unificación, más allá del resultado de este proceso, si la obra social no le da el alta, el juzgado va a tener que resolver la continuidad.
      Una consulta de colega, como estas cobrando los reclamos por continuidad, a resultado o con pago previo? Saludos, Sabadini

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      • Buen día Dr., desde ya muchas gracias por su respuesta. Voy a intentar eso.
        Respecto a su consulta, lo estoy cobrando a resultado. Que tenga un excelente día!

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