Este año no dejamos de crecer y es debido a la gran difusión que realizan nuestros clientes y amigos por el servicio de calidad que venimos realizando.
Pero esta alegría, también es preocupación, pues nuestro trabajo se centra en dar respuesta en la justicia por los incumplimientos de prestaciones de salud de las obras sociales y prepagas.
¿No te ha pasado que cuando falta poco para iniciar los trámites de tu jubilación, te comienza a girar por la cabeza la idea de cuál va a ser tu cobertura de salud llegado el momento de la salida del beneficio?
Empezar a realizar averiguaciones, y las respuestas que vas consiguiendo no son tranquilizadoras, es mas te preocupan cada vez más.
La obra social te dice que no recibe jubilados.
La Superintendencia de Salud te dice que no puede recibir tu reclamo.
El Anses te manda afiliarte al Pami.
Además, si tienes una prepaga por medio del trabajo, la misma te ofrece continuar, pero con precios impagables.
Muchos de los amigos que nos contactaron este año, llegaban con esas inquietudes, para lo cual tuvimos respuesta con Amparando Salud.
A modo de ejemplo algunos fallos favorables en estos reclamos de salud
Continuidad en la obra social una vez jubilado en Unión Personal
Monotributista Jubilado se queda en Ospe
Convenio Obsba Osde para jubilados de la Ciudad de Buenos Aires
NO ME ENTREGAN LOS MEDICAMENTOS
Una de las problemáticas que más consultas tuvimos en este año, fue la falta de entrega de medicación oncológica o de costo elevado para algunas enfermedades.
Lo primero que las Obras Sociales y prepagas dicen a los afiliados es que no paso la auditoria y se rechaza la entrega.
Estamos hablando de riesgo de vida o agravamientos de los cuadros que presenta el afiliado.
Ante estos rechazos acudimos rápidamente a la justicia buscando el amparo de una Medida Cautelar y así obtener lo rechazado.
El juzgado Federal del Dr. Marcelo Gota, es uno de los ejemplos, así manifestó en la medida cautelar otorgada donde se ordenó la entrega inmediata de PEMBROLIZUMAB y PEMETREXED, dos medicaciones de vital importancia para nuestra clienta.
¨ …Sobre el particular, importa señalar, como principio, que cuando están en juego los derechos aludidos, las instituciones que integran el sistema nacional de salud (sean obras sociales, entidades de medicina prepaga, asociaciones mutuales de asistencia sanitaria, etc.) deben extremar al máximo los servicios que proporcionan a fin de lograr la recuperación del paciente, incluso más allá de las exigencias del PMO, toda vez que debe entenderse que éste fija un piso de prestaciones mínimas y no máximas para el aseguramiento de los derechos constitucionales a la vida y a la salud
(conf. CNFed. Civ. y Com., Sala II, causa N° 15.214/04 del 21.06.07)…¨
DERECHOS DE NIÑOS CON DISCAPACIDAD
La falta de entrega de una silla de ruedas para una niña de 6 años con encefalopatía crónica no evolutiva por parte de Unión Personal nos puso a trabajar para reparar este criterio erróneo y desafortunado (para usar calificativos amables).
En los juzgados federales de la ciudad de Quilmes, del Dr. LUIS ANTONIO ARMELLA y su secretaria la Dra. CLAUDIA GRACIELA DETLEFSEN en solo horas de presentado en Amparo de Salud, resolvieron la entrega inmediata de lo solicitado por el medico tratante de la niña.
Para nosotros como equipo, nos llena de orgullo y satisfacción dar respuesta a estos reclamos de prestaciones de salud.
¨…En fin, se trata, en el caso, de procurar a los infantes los servicios médicos y de rehabilitación que requieran, en especial a los que presenten impedimentos físicos o mentales, y de garantizarles el derecho a beneficiarse de la seguridad social (conforme artículos 23, 24 y 26 de la Convención sobre los Derechos del Niño).La Ley Nº 24.901 instituyó un sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad, que contempla acciones de prevención, asistencia, promoción y protección, con el objeto de brindarles cobertura integral a sus necesidades y requerimientos…¨
JUBILADO Y SIN COBERTURA DE SALUD
Aldara nos contacto pues ya no sabía más que hacer para brindarle ayuda a su padre.
A Luis le llego la jubilación, pero además esta complicado de salud, todos pensaríamos que su obra social le daría contención y ayuda en este momento difícil.
La respuesta de Osplad (Obra Social para la actividad Docente) lo dejo postrado.
Tuvieron que iniciar un reclamo en Change.org pero los resultados llegaron con Amparando Salud y la gran gestión personal del Dr. Matias Arado quien se puso el caso al hombro.
¨…de conformidad con lo dispuesto por los arts. 8, 9, 20 y cc. de la ley 23.660 (conf. CNCCFed. Sala III, causas n° 240/05 del 03.03.05; n° 4052/05 del 28.06.05, entre otras) y ley 19.032, bajo responsabilidad de la parte actora, dispónese que hasta tanto se resuelva la pretensión planteada en autos, OSPLAD deberá reafiliar con la misma modalidad que tenía el actor Sr. Luis Alberto…, como beneficiario de los servicios de salud prestados por esa entidad, el cual deberá realizarse con los aportes que efectúe la actor de conformidad con lo establecido por el art. 16 de la ley 19.032 y 20 de la ley 23.660, debiendo, asimismo, garantizar la continuidad y cobertura de los tratamientos que sean pertinentes, al amparo de dicha afiliación…¨
Muchas gracias por la confianza
Gracias por el apoyo de nuestros seres queridos que nos esperan en casa, cuando llegamos fuera de hora por nuestro trabajo.
Gracias al equipo de Amparando Salud, que día a día crece y se retroalimenta de los buenos resultados.
Queremos y estamos cambiando la vida a mucha gente, solo con el cumplimiento de sus derechos.
Sabemos lo que hacemos, y lo hacemos con pasión.
¡Amparando Salud por un gran 2019!
Sabemos cómo ayudarte.