La ley es muy clara con respecto a la protección de los niños y más cuando se encuentran en condición de discapacidad. Estos derechos en ocasiones son vulnerados por las obras sociales utilizando argumentos que no tienen fundamento.
Es importante que mantengas enterado de todos los beneficios que los niños tienen en nuestro país para tener salud y vida digna.
Caso de éxito: Cobertura Integral de tratamiento por discapacidad de menores de edad.
Antecedentes
Nuevamente en el ámbito de la Justicia de la Capital Federal, Amparando Salud, logró la protección de dos menores de edad, uno de ellos con discapacidad, la cobertura Integral de su tratamiento, el pago de su escolaridad y su transporte, todo esto rechazado por su obra social OSDEPYM.
Los niños recibieron una pensión, hecho que motivó la baja de afiliación de la obra social, dejándolos sin cobertura y enviandolos al sistema del INSSJyP (PAMI), además de rechazar la cobertura que tenía uno de los chicos por su discapacidad; ante este conflicto se puso en marcha el equipo de Amparando Salud, para iniciar el amparo con su respectiva Medida Cautelar.
Resultados de medida cautelar adelantada.
El juez manifiesta en su resolución que concede la medida Cautelar, la importancia del derecho a la Salud, a la protección de los niños y a las personas con discapacidad. Todo bajo el marco de las Convenciones Internacionales de Derechos Humanos introducidas en la Constitución Nacional por el Art. 75 inciso 22 y 23.
“Esta doctrina tiene en consideración que el artículo 75, inciso 23, de la Constitución Nacional establece que el Congreso debe legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por la Constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad (conf. Fallos 323:3229)”.
Así MARCELO BRUNO DOS SANTOS, JUEZ FEDERAL SUBROGANTE, resolvió con simpleza la cobertura de los niños:
“Ordenar a la Obra Social de Empresarios Profesionales y Monotributistas que de manera inmediata reafilien a…, sin limitaciones temporales ni presupuestarias y procedan a la cobertura del 100% de la escolaridad…, de cuatro sesiones de psicopedagogía y el transporte del menor discapacitado. Ello, bajo apercibimiento de astreintes”.
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Conclusión
Agradecemos a la familia que confió en nuestros servicios, y el cual honramos con trabajo y dedicación.
¿Tu obra social, te hizo completar miles de formularios? ¿Presentaste todo y siempre te falta algo más? ¿Nunca llega la autorización de los tratamientos?
Deja de esperar, contáctanos ahora mismo. En Amparando Salud, sabemos qué hacer en tu caso.
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*Expte: JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL 10, “S. R. Y OTRO c/ OSDEPYM s/AMPARO DE SALUD.-
1 comentario en «Medida Cautelar para afiliación de dos menores, y la cobertura Integral de Tratamiento por discapacidad»
Hola! Necesito saber si tal como me dice la Obra Social, la constancia de Certificado de Habilitación en trámite de la empresa de transporte impide la cobertura del servicio. Mi hijo tiene certificado de discapacidad y las terapias están cubiertas ´por la obra social pero el problema es con el transporte. Toda la documentación que presentó la empresa ( vtv, seguro, etc). está ok pero no me aceptan la constancia. Quiero saber cómo puedo hacer un amparo ya que dicha empresa trabaja con otras obras sociales y le han tomado la constancia sin problemas. Desde ya muchas gracias