Nota en colaboración con Derecho en Zapatillas
¿Como puedo tener una prepaga con mis aportes de Obra Social?
El sistema de salud se compone del hospital público, las prepagas y mutuales y las obras sociales. En esta nota se explica en qué supuestos se permite derivar aportes obligatorios y cómo puedo tener una prepaga con mis aportes de Obra Social
Como trabajadores en actividad, en relación de dependencia o como monotributistas tenemos la posibilidad de cambiar de Obra social una vez al año, con excepción de las obras sociales denominadas cerradas (IOMA, IOSE, JUDICIALES, o las de regímenes provinciales).
Así una vez que elegimos la obra social a la queremos ir, hacemos el tramite en la misma, y pasado los tres meses de carencia (tiempo en que tarda en llegar los aportes de tu antigua otra obra social) tenemos la cobertura de salud de la anterior. Ejemplo OS (A) me voy a OS (B), hasta que B recibe los aportes, me sigue atendiendo A.
Otro tema es el acceso a una Prepaga de salud desregulando aportes.
Tus aportes de obra social pueden ir a una prepaga, quien tiene dos opciones según el plan que te ofrezca:
1. Que tome los aportes y tengas que pagar una diferencia por el costo del Plan, Ejemplo: Plan Buena Salud: Aportes 100 pesos, Plan vale 300 pagarás 200 pesos.
B. Que pueda ser un plan corporativo o cerrado y solo con los aportes se cubra el costo. Por lo general eso lo negocia el empresario que te contrata.
El control y asesoramiento de estos cambios lo tiene la Superintendencia de salud de la Nación.
Estos derechos lo tienen los trabajadores así como su grupo familiar primario [1]
Qué pasa con los jubilados?
Al momento de llegar la jubilación, nos preguntamos si la afiliación al PAMI es obligatoria?
¿Me pasan compulsivamente?
¿No tengo derecho a elegir otra obra social?
¿Podría quedarme en la que tengo?
Vamos por partes
a. La afiliación al Pami no es obligatoria es opcional.
b. Puedo elegir quedarme en mi obra social (tambien si estoy en un plan con prepaga por derivación de aportes)
c Puedo elegir una obra social del listado que nos da la Superintendencia de salud que reciben jubilados. [2]
Para realizar el uso de la opción se puede pedir a la obra social la continuidad de la afiliación con una nota en doble ejemplar o mediante carta documento Telegrama colacionado laboral.
También hacer el reclamo ante la superintendencia de salud.
Si estas propuestas de cambio no tienen resultado positivo y no pasó mucho tiempo (no esperar más de un año) se puede hacer un reclamo judicial.
Desde Amparando Salud reclamamos mediante un amparo judicial la continuidad de la obra social o plan superador con una prepaga, con muy buenos resultados ya que los tribunales son muy receptivos en los reclamos.
Pueden además hacer el pedido de continuidad los monotributistas y en el ámbito de la Capital Federal los trabajadores con el Plan Obsba- Osde.
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[1] Ley 23660 Art. 9° — Quedan también incluidos en calidad de beneficiarios:
a) Los grupos familiares primarios de las categorías indicadas en el artículo anterior. Se entiende por grupo familiar primario el integrado por el cónyuge del afiliado titular, los hijos solteros hasta los veintiún años, no emancipados por habilitación de edad o ejercicio de actividad profesional, comercial o laboral, los hijos solteros mayores de veintiún años y hasta los veinticinco años inclusive, que estén a exclusivo cargo del afiliado titular que cursen estudios regulares oficialmente reconocidos por la autoridad pertinente, los hijos incapacitados y a cargo del afiliado titular, mayores de veintiún años; los hijos del cónyuge; los menores cuya guarda y tutela haya sido acordada por autoridad judicial o administrativa, que reúnan los requisitos establecidos en este inciso;
b) Las personas que convivan con el afiliado titular y reciban del mismo ostensible trato familiar, según la acreditación que determine la reglamentación.
La Dirección Nacional de Obras Sociales podrá autorizar, con los requisitos que ella establezca, la inclusión como beneficiarios, de otros ascendientes o descendientes por consanguinidad del beneficiario titular y que se encuentren a su cargo, en cuyo caso se fija un aporte adicional del uno y medio por ciento (1.5%) por cada una de las personas que se incluyan
[2] https://www.argentina.gob.ar/listado-de-obra-social-para-jubilados-y-pensionados
11 comentarios en «Cómo puedo tener una prepaga con mis aportes de Obra Social . Aportes Obra Social Jubilados»
Estoy afiliado y atendido por una Obra social diferente de PAMI.
He renunciado a PAMI y solicitado que reintegren a mi obra social mis aportes de esa indole.
Realicé el tramite correspondiente ante ANSES el cual fue resuelto favorablemente en término.
Si bien el descuento por ese rubro es al día de la fecha (08/04/2019) aprox. $ 1.500.-, mensuales, mi Obra Social me informa que según el Decreto ley 292/95 solo recibe una capitación desde ANSES de $ 192.- mensuales.
Tengo entendido que el P.E. publicará en el día de hoy otro decreto ley subsanando este desequilibro¿??
Podrían informarme detalles al respecto.
Muchas gracias. Saludos.
Soy jubilada y pertenezco a PAMY,pero por estar ebntratamiento yo quisiera seguir con mi prepaga OsdeNo es posible que mis aportes a PAMYlos pasen a OSDE
Muchas gracias
Hola!
gracias por su consulta
Cuando se jubiló?
Que obra social tenía en actividad?
saludos
Hola soy jubilado, pertenecía en actividad a obra social OSTEE (Luz médica) me jubile en el mes de enero y como me pasé a una prepaga Accord Salud me di de baja en la obra social. Nunca me afilié al PAMI. Actualmente me descuentan para Obra Social el 3% de aproximadamente $12000 (jubilación mínima) y el 6% del resto de mi jubilación. Puedo derivar éstos aportes que son bastantes para mi prepaga? O debo seguir aportando a PAMI?
Hola,
gracias por la consulta.
Para poder usar los aportes hay que pedir la continuidad en OSTEE, Accord no recibe aportes de otras obras sociales, salvo Unión Personal.
saludos
Soy jubilado , tengo Swiss medical pero se me esta haciendo difícil pagarla . Solo me descuentas 20 $ por mis aportes sobre 30 mil. Que puedo hacer .?
He aportado durante años a la obra social Osplad. Por deficiencias en esta obra social, renuncie y me fui a Prensa. Ahora bien , estoy jubilada hace dos meses y me corresponde pami. Mi pregunta es la siguiente. Podría volver a osplad a pesar de haber renunciado?
Hola, soy docente en Caba. Me dijeron que no puedo salirme de la obra social OBSBA, y que solo puedo pasarme a un plan superador que es con osde. Esto es asi? Quisiera pasarme a otra prepaga que no sea osde. Gracias.
Hola
tenes que hacer el tramite en la Obsba.
saludos
Buenos días
mi marido se jubilo hace un año aprox. tiene la obra social de APM. agente de propaganda medica.
la misma le están cobrando a la fecha $ 14.000 aprox. ya que dice que la retención que hace PAMI, para este fin, quiero saber si es verdad que si no estas afiliado a PAMI, igual los aportes van a esta.
agradecer vuestra respuesta.
saludos cordiales
Marta
El Pami por ley recibe los aportes de los trabajadores en relación de dependencia y de los jubilados (estén afiliados o no).
Saludos